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jueves, 28 de marzo de 2024

 

      
 

PONENCIA “FOROSANAD 2024”

CONSTITUCIÓN, DERECHO DE LOS TRABAJADORES

JOSÉ T. CARDOZA OLIVAS

forosanad2024@gmail.com ……….. jose.ensm@gmail.com

Dedico este trabajo a los compañeros de la ANAD,

Lamberto González Ruiz y Leticia Ánimas.

 

* PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA… 

Con una redacción filática (usar palabras rebuscadas y raras para exhibir erudición y confundir) los abogados neoliberales pretenden unificar (homologar) el derecho imponiendo los criterios capitalistas. El que más resultados les ha dado, es cambiar garantías individuales por los “derechos humanos”, que hoy dan “derechos” no al ciudadano, no a quien habita el territorio nacional, sino en igualdad de condiciones a empresas trasnacionales… convirtiendo la original Constitución Política de 1917, de un texto de 21093 palabras, en un laaaaaaargo, farragoso y confuso (filático) texto que en 2024 tiene 70715 palabras… de 1917 a 2024 le han agregado 49622 nuevas palabras, casi el triple… Texto Constitucional de 2024 que además, tiene múltiples errores ortográficos, de enumeración, además de errores de técnica jurídica… Es decir, los diputados, senadores y sus asesores de sueldos millonarios; además de la presidencia, su gabinete, y la corte están reprobados en español, matemáticas y civismo… Constitucionalmente hablando… Si se va a reformar la Constitución, debemos reparar y evitar caer en los errores antes mencionados… Va mi aporte:

Desde siempre, como estudiante de la UNAM, trabajador de la educación y abogado, miembro fundador de la ANAD. Como militante fundador desde 1989 de la CNTE en Tuxtla Gutiérrez y como ciudadano, he participado en diversas luchas de mis hermanos de clase. Muchas de estas luchas, coincidiendo con la brega histórica de Andrés Manuel López Obrador y habiendo colaborado en su gobierno en el D.F., hoy jubilado con 46 años, 27 días acreditados en el ISSSTE, me permito exponer:

 ** INTRODUCCIÓN:

1.- UN TEXTO LARGO Y CONFUSO… Revisando las Constituciones que han estado vigentes, la de 1824 tenía 9,811 palabras, la de 1857, 7,431 palabras; la original de 1917, 21,093 palabras y desgraciadamente la de 2024, 70,715 palabras… la han hecho larga y casi imposible de entender para un ciudadano, le han agregado 49,622: Ni los abogados la entienden. Además de imponer palabras confusas, un texto filático… con palabras rebuscadas, raras para exhibir erudición y confundir al pueblo trabajador.

Contrario a esta estupidez jurídica, las Constituciones de las dos grandes potencias mundiales son breves y fácilmente comprensibles para el ciudadano de estas potencias… La Constitución de Estados Unidos tiene 7,813 palabras (https://www.archives.gov/espanol/constitucion); la de la República Popular China, 10,902 palabras (https://www.bcn.cl/procesoconstituyente/comparadordeconstituciones/constitucion/chn). Repito, la de México 70,715 palabras, 10 veces más… No veo que la reforma propuesta empiece o plantee resolver este problema. Cuando el gobierno de Obrador en 2019, desde la CNTE, tumbamos parte de la propuesta de los abogados… tumbamos varias joyas jurídicas, solo les recordare una, que omitían la fracción VII del artículo 3° referente a la educación superior y a la autonomía universitaria… ¿o ya lo olvidaron…?

2.- ERRORES DE ORTOGRAFÍA Y ENUMERACIÓN… La Constitución de 1917 NO tenía ningún error ortográfico, la de 2024 tiene múltiples horrores… La de 2024 ha sido redactada por licenciados, maestros, doctores y posdoctores de universidades privadas, públicas y extranjeras, y son ellos los de los errores, Sin errores la de 1917 redactada en su mayoría por revolucionarios recién bajados del caballo… Sin pretender ser un experto en el idioma, solo cultura general; me permito señalar que, en la Constitución Política de nuestro país, encontramos errores ortográficos de cuatro tipos: Van algunos errores:

Los errores/horrores ortográficos en la Constitución política son de cuatro tipos:

A) Errores ortográficos al utilizar palabras que no existen en el diccionario de la Real Academia Española, y por no ser utilizadas estas palabras en ningún otro medio.

* Dos ejemplos: En el artículo 119 Constitucional, se utiliza la palabra transtorno. Esta palabra no existe en el diccionario aludido, ni es utilizada en trámites legales, siendo la palabra correcta: trastorno… Otro ejemplo la palabra concesionamiento del artículo 28, párrafo 16.

Como anécdota y colofón, que agrava este error ortográfico de los neoliberales con licenciatura, maestría, doctorado y postdoctorado, egresados de “prestigiadas/publicitadas universidades privadas y extranjeras. En 1917, nuestros diputados Constituyentes, en el artículo 136 Constitucional, usaron la misma palabra, trastorno sin “n”. Y afortunadamente, este artículo 136, es uno de los pocos que NO ha sido modificados, permaneciendo la redacción original. Y reitero, afortunadamente NO ha sido modificado, porque triste sería su destino si los neoliberales le hubieren metido mano. Los invito a leerlo.

B) Errores ortográficos con validez jurídica real. Son palabras que NO existen en el diccionario de la Real Academia Española, pero, son utilizadas por juristas y la Suprema Corte de Justicia de la Nación en sus jurisprudencias, adquiriendo por ello, significado concreto y valor legal pleno. Un ejemplo, es la palabra definitividad (artículo 41, fracción VI) que no existe en el diccionario de la Real Academia Española, pero si existe en el lenguaje jurídico usual y en las jurisprudencias de la Suprema Corte. Por lo que definitividad, si bien, puede ser un "error" ortográfico, tiene pleno valor jurídico.

C) Errores ortográficos aparentes, con palabras que se escriben de manera diferente. El error típico son las palabras concejo y consejo. Ambas palabras las encontramos en el diccionario de la Real Academia Española. La palabra concejo con dos letras c, la ubicamos en el artículo 115, fracción I, párrafo 5 que dice: “En caso de declararse desaparecido un Ayuntamiento o por renuncia o falta absoluta de la mayoría de sus miembros, si conforme a la ley no procede que entren en funciones los suplentes ni que se celebren nuevas elecciones, las legislaturas de los Estados designarán de entre los vecinos a los Concejos Municipales que concluirán los períodos respectivos; estos Concejos estarán integrados por el número de miembros que determine la ley, quienes deberán cumplir los requisitos de elegibilidad establecidos para los regidores.” La palabra consejo, con s, está entre otros, en el artículo 3°, fracción VIII), inciso g), párrafo tercero.

Este “error” tiene un antecedente histórico. El primer ayuntamiento español que existió en México, fundado por Hernán Cortes el 22 de abril de 1519, nombrado Villa Rica de la Vera Cruz (Veracruz), conforme al derecho español vigente en esa época; y que el actual y vigente artículo 115 Constitucional, fracción I, párrafo 5, rescata de la tradición jurídica española, regulando la integración y funcionamiento del municipio y su órgano de gobierno denominado ayuntamiento; señalando el diccionario antes mencionado, que la palabra concejo, significa: 2. m. ayuntamiento (‖ corporación municipal). 3. m. municipio. Concluyo que está bien utilizada la palabra concejo y no consejo que se refiere a cosa u órgano diferente. Recuerdo que en clases en la Escuela Normal Superior de México utilizaba con mis alumnos como ejemplo de cómo NO SE DEBE REDACTAR, la Ley General de Educación hoy abrogada, una joya de cómo no redactar.

D) Un cuarto tipo de error, son los aparentes errores de tecla, cuyo ejemplo lo encontramos en el Artículo 20, Fracción V. párrafo 2. que dice: “El Ministerio Público deberá garantizar la protección de víctimas, ofendidos, testigos y en general todas los sujetos que intervengan en el proceso. Los jueces deberán vigilar el buen cumplimiento de esta obligación. Error que nos regresa al contexto del abuso real y la queja de las reformas legales que discriminan al hombre, otorgando más derechos a las mujeres que a los varones y/o anulando derechos laborales. El aparente “teclazo” del TODAS los sujetos, es difícil de creer; ya que, en el teclado normal, las letras a y la o están a bastante distancia una de otra, por lo que es más que un error de tecla.

 ***. ERRORES DE ENUMERACIÓN, no saben contar…

El artículo 28 Constitucional inicia con la fracción I, y de manera consecutiva llega a la fracción XII, como debe ser normal… Pero sin que exista ningún aviso, Capítulo, Apartado, ni nada; nuestros ilustres licenciados-maestros-doctores-posdoctores legisladores y ministros de la corte, repiten, si repiten ignorando que por enumeración continuaría la fracción XIII. Pero ellos, repiten las fracciones I hasta la VIII… En una demostración de ignorancia o estupidez; y que sus estudios de posgrado son papelitos al “aigre”, dirían en mi pueblo… Reprobados en español, hoy se reprueban en matemáticas… Urge se corrija ya que uno de los actos de cultura jurídica de un ABOGADO, es señalar con precisión, el texto jurídico en cita Y si citamos el artículo 28, hay dos textos diferentes, hay dos fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII y VIII… por el “error” de nuestros abogados.

 **** GARANTÍAS INDIVIDUALES VS DERECHOS HUMANOS. En tiempos del narco gobierno del Felipillo Calderón (2006) se trató de imponer una nueva ley del ISSSTE, con fundamentos totalmente patronales. Afortunadamente, como consta en internet, en 2006 y desde la Universidad Obrera de México organizamos la resistencia, que creció y se manifestó en todo su esplendor en 2007 y 2008 con más de 2 millones de trabajadores amparados. Consta esto en las jurisprudencias 105/2008 a la 194/2008 del pleno de ministros de la suprema corte de justicia (SCJN), en cuyos engroses consta que tumbamos 40 artículos de la ley calderónica… Si, 40 artículos los cuales he relatado en diversos foros, y publicaciones, entre ellos de la cámara de diputados con el diputado Francisco Hernández Juárez, o en congresos de sindicatos entre ellos el STUNAM.

Hoy la suprema corte y los jurídicos del gobierno, en especial de la SEP y el ISSSTE, enemigos declarados de los trabajadores de base, no aplican como es su obligación estas jurisprudencias. Y violentan el artículo 123 Constitucional.

 ***** LA AUTOLIMITACIÓN DEL CONGRESO DE LA UNIÓN. En pleno 2024, el Congreso de la Unión y la suprema corte siguen sin respetar el artículo 123 Constitucional, en especial el párrafo segundo, que establece la autolimitación que se AUTO impuso el mismo congreso federal, que textualmente dice:

“123, segundo párrafo. - El Congreso de la Unión, sin contravenir a las bases siguientes deberá expedir leyes sobre el trabajo, las cuales regirán:” Y continúan los Apartados A y B del artículo 123.

Repito, el texto señala que el Congreso debe expedir leyes sobre el trabajo conforme lo señalado en los apartados A y B del 123. Y nunca autoriza utilizar o expedir leyes con base en ningún otro artículo Constitucional. Pero violentando esta autolimitación del Congreso, existen diversos artículos que regulan el “Trabajo y la Previsión Social”.

Revisando la Constitución Política, encontramos además del artículo 123 y sus dos apartados A y B , los artículos 116, fracción VI (trabajadores de los Estados), el 115, fracción VIII, segundo párrafo (trabajadores municipales), el 122, Apartado A, fracción XI (trabajadores del gobierno de la Ciudad de México), el 99, fracciones VI y VII, de los trabajadores del Tribunal Electoral y del Instituto Nacional Electoral, además del XXXXX todos estos artículos y sus leyes reglamentarias, rebasando y violentando la autolimitación del Congreso de la Unión de legislar con base en los apartados A y B del 123 Constitucional y no en ningún otra disposición legal.

Una de las crueles y anticonstitucionales redacciones NO laboral, pero que la suprema corte permite su aplicación, violando la autolimitación del Congreso de la Unión, es el artículo 26, Apartado B, párrafo 6 Constitucional, referente a la Unidad de Medida y Actualización, la mal llamada UMA, que perjudica a todos los trabajadores asalariados jubilados.

 ****** EXISTEN UNA CONSTITUCIÓN LEYES, PERO ES PEOR SU INAPLICACIÓN.

Esta violación ha permitido que se trate de imponer por los jurídicos del ISSSTE y de la SEP, en complicidad con la SCJN, que las jubilaciones se paguen en UMAS y no en salarios mínimos, cuando la UMA es parte de una legislación fiscal/administrativa y no laboral.

Pero con la omisión de las autoridades laborales, se permite que el Comité Ejecutivo Nacional del SNTE, este en posibilidad de cobrar los más de 5 mil millones de pesos de cuotas sindicales (el 1% del salario) de los Trabajadores de la Educación, siendo que la toma de nota del CEN del SNTE venció el 11 de febrero de 2024, y no hay convocatoria alguna para elegir nuevo Comité, según consta en el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (http://www.tfca.gob.mx/es/TFCA/Registros_Sindicales) ante el mutismo cómplice de las responsables.

******* GARANTÍAS INDIVIDUALES VS. DERECHOS “HUMANOS”. Con el gobierno de Fox, los dueños del poder y del dinero internacional, se dieron cuenta de la incapacidad manifiesta del Fox y del PAN de administrar bien el capitalismo, e impusieron junto como virrey en funciones de México, a Agustín Cartens (FMI), promoviendo los llamados Órganos Autónomos Constitucionales, integrados fundamentalmente por gerentes, empresarios y supuestos intelectuales, para supervisar el “buen gobierno” favorable a sus intereses. Emulando el Supremo Poder de Antonio López de Santana, estos órganos autónomos, además de dar empleo excelentemente remunerados a los egresados del ITAM, Ibero, Tec de Monterrey, Panamericana, Libre de Derecho, etc. eran nombrados directamente por los capitalistas, y no electos por el pueblo. Hoy Obrador y los trabajadores resentimos la verdadera naturaleza de estos órganos “autónomos.

Desde el artículo 1° Constitucional se dice: “todas las personas gozarán de los derechos humanos reconocidos en esta Constitución y en los tratados internacionales. Sustituyendo al individuo por las personas.

Esto significa, otorgar derechos a empresas extranjeras en igualdad de circunstancias a los individuos o seres humanos habitantes del territorio nacional.

Un abogado sabe la diferencia entre individuo o ser humano, con la llamada persona, El individuo es único, es un ser humano, la persona puede ser física o moral, nacional o extranjera, pública o privada… En términos prácticos, diferente es Pedro Pérez habitante del territorio nacional a la Coca Cola Company, Pero en el discurso suena mejor derecho humano, engaña más un derecho “humano”, aunque estos son concedidos a las empresas tipo Ford Motor Company, dando seguridad al capitalismo transnacional. Así la Constitución de 1917 reconoció derechos a los trabajadores (artículos 123) campesinos y pueblos originarios (artículo 27) y al pueblo trabajador (artículo 3°), a la par que anulaba prácticamente los artículos 3°, 27 y 123, la Constitución neoliberal reconoció derechos “humanos” a extranjeros y empresas extranjeras, un giro espectacular.

PROPUESTA:

 Iniciar la transformación del texto farragoso, filático actual, en un texto breve, comprensible al ciudadano común, breve como el de las potencias mundiales, Estados Unidos y China. Un texto que sea orgullo de redacción y buen manejo del idioma. Un texto que recupere en un solo artículo Constitucional lo mejor de los apartados A y B del artículo 123 constitucional. Que impulse la organización cooperativista, ejidal y de las comunidades originarias, y empresas, reconociendo los derechos de las minorías, de los hombres y mujeres, un texto en donde se refleje que el pueblo es el soberano, sin poderes legislativo, judicial y ejecutivo prepotentes y ajenos al pueblo. Se debe avanzar en el rescate del espíritu, en los principios revolucionarios favorables al pueblo trabajador como en 1917, actualizándolos y preparar un futuro Congreso Constituyente.


José Cardoza

jose.ensm@gmail.com

5514869598

viernes, 2 de febrero de 2024

viernes, 15 de diciembre de 2023

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viernes, 2 de junio de 2023

 

¿CÓMO NOS ROBAN LOS PATRONES? 

 BREVE HISTORIA DE UN JUICIO.



 Este folleto tuvo gran impacto antes de la primera guerra mundial. "Antes y durante la primera guerra mundial, se publicó y repartió por decenas de miles entre los obreros y soldados en toda Europa. Su análisis de clase sigue siendo válido hoy para los trabajadores. En el México actual, la explotación irracional de la tierra, acompañada de múltiples despojos, engaños y corrupción por las empresas mineras es brutal y a los mineros se les sigue robando igual hoy en día."

"¿Quién produce la riqueza? ¿Quién gana más en el proceso de producción?

El autor, John Wheatley, adoptó un método para explicar lo que es la explotación del hombre por el hombre. Por ello escribió este texto sobre un supuesto juicio.

Los acusados son un patrón minero y un latifundista.

Se les acusa de haber conspirado para robar al viejo minero Dick Mc Gonnagle

 

 INTERROGATORIO AL PATRÓN DE LOS MINEROS

JUEZ:- (J)

ACUSADO: (A) EL PATRON DE LOS MINEROS

J.- ¿Cómo se llama usted?

A.- Frederich Michel Thomas Andrew Sacher, señor

J.- Tiene muchos nombres.

A.- Protesto, señor.

J.- No le he preguntado su oficio. Quiero saber cómo se hizo de tantos nombres.

A.- No puedo contestarle, señor.

J.- ¡Ah! Me parece sospechoso. ¿Nos podrá contar que riqueza posee?

A.- (Orgulloso). Un millón de dólares, señor.

J.- Debe ser un hombre muy capacitado. ¿Cómo llegó a tener ese millón de dólares?

A.- Lo hice señor.

J.- ¿Así que reconoce que es culpable de fabricar monedas?

A.- (Indignado). ¡No señor!

J.- Pues entonces díganos, ¿qué quiso decir al decir que “lo hizo”?

A.- Lo gané en negocios.

J.- ¿Cuánto tiempo lleva en negocios?

A.- Veinte años, señor.

J.- Debe ser un trabajador muy capaz para haber ganado tanto dinero en tan poco tiempo.

A.- (Indignado). Yo no trabajo, señor.

J.- ¡Ah! Muy interesante. No trabaja usted... y sin embargo nos ha dicho que en veinte años ha ganado un millón de dólares.

A.- Es que soy propietario de una mina.

J.- ¿Y qué es una mina?

A.- Un pozo a unos 200 metros bajo tierra. También tengo varios edificios y maquinaria para producir carbón.

J.- ¿Usted excavo el pozo?

A.- No señor. No soy trabajador. Yo lo que hice fue procurar que otros hicieran el trabajo.

J.- Es un caso extraordinario. Dice que otros hombres construyeron los edificios, fabricaron la maquinaria y excavaron el pozo, mientras usted es el verdadero dueño. ¿Los obreros no tienen ninguna participación?

A.- No señor, soy el único propietario.

J.- Tengo que reconocer que no lo comprendo. ¿Quiere decir que aquellos hombres pusieron una mina a pleno funcionamiento y luego se la entregaron a usted y ni siquiera retuvieron una participación para ellos mismos?

A.- Así es, señor.

J.- Debían ser o muy ricos y generosos o muy tontos. ¿Eran ricos?

A.- No señor.

J.- ¿Tenían ellos muchas minas?

A.- Ninguna, señor. Eran simples obreros.

J.- ¿Qué quiere decir con “simples obreros”?

A.- Pues, simplemente, gente que trabaja para los demás.

J.- Seguramente será gente muy generosa. ¿Ellos no necesitan minas?

A.- No señor. Pero yo les permito trabajar en la mía.

J.- Muy amable por su parte. Sin embargo, no lo es tanto como ellos, que le dieron la mina entera. ¿Usted cómo no la necesita toda puede permitir a los demás usarla?

A.- No comprende, señor. Yo no trabajo en mi mina. Yo permito a los obreros que lo hagan ellos.

J.- Ya veo. Después de que le entregaran la mina, usted se da cuenta de que no la necesita y se la devolvió para ahorrarle el trabajo de construir otra. ¿Es así?

A.- No señor. La mina es mía, aunque ellos trabajen allí.

J.- La situación es verdaderamente confusa. Posee una mina que no excavó usted. Posee maquinaria que ni fabricó ni la hace funcionar. Usted no trabaja en esa mina, porque no quiere trabajar. Los que quieren trabajar no poseen ninguna mina; sin embargo, le dan a usted una. ¿Es que usted les suplicó que trabajasen en su mina, ya que no la usaba?

A.- De ninguna manera, señor. Ellos me suplicaron a mí para que les permitiera trabajar.

J.- Pero, ¿por qué tenían que pedir permiso para usar su mina? ¿Por qué no se hicieron una ellos mismos, igual que la construyeron para usted?... ¿Acaso les paga para trabajares su mina y mantenerla en condiciones?

A.- Sí señor. Yo les pago según la cantidad de carbón que producen.

J.- Bien. Me parece justo. Imagino que esos hombres se harán pronto ricos. Tendrán el carbón que producen más lo que les da usted para mantener su mina en condiciones, ¿no es así?

A.- No señor, El carbón que producen es mío.

J.- Es usted muy gracioso, mi querido señor. Aquellos hombres excavaron el pozo, lo pusieron en condiciones para funcionar y extrajeron el carbón, ¿cómo puede reclamar usted?

A.- Porque les di permiso para hacerlo.

J.- Les permitió excavar y luego usted cogió el pozo. Les permitió construir la fábrica y luego se la quedó. Les permitió sacar el carbón y luego se lo apropió.

A.- Si señor. Pero yo les pagué para hacerlo.

J.- ¿Y de dónde sacó usted el dinero? ya que no trabaja.

A.- Heredé de mi padre 10,000 dólares y parte las invertí, hasta que los obreros sacaron el carbón.

J.- Y su padre, ¿cómo ganó ese dinero?

A.- De la misma forma que yo he convertido esos 10,000 dólares en un millón.

J.- ¿Y cómo lo ha hecho?

A.- Vendiendo el carbón.

J.- ¿Le emplearon los obreros para venderlo?

A.- No señor. El carbón es mío.

J.- ¿De verdad? La pretensión de que el carbón es suyo me pareció tan impertinente que no lo había tomado en serio. En vez de pagar a los mineros el valor de carbón, retuvo su salario, ¿no es así?

A.- No. Les pagué el mínimo para conseguir que vinieran a trabajar.

J.- ¡Qué raro! ¿Y por qué esos hombres tienen que trabajar para usted?

A.- Porque no pueden trabajar sin maquinaria, señor. Y la maquinaria cuesta dinero. Nosotros los ricos, tenemos el dinero y por lo tanto la maquinaria y como a esos hombros no les queda más alternativa que morir de hambre o trabajar, tienen que aceptar nuestras condiciones.

J.- El Estado podría proveer el dinero necesario por abrir las minas, entonces, ¿por qué está la gente obligada a aceptar sus condiciones?

A.- Muy sencillo. El Estado está dirigido por el Parlamento que lo componen hombres como yo. No son tan tontos como para perjudicarse ellos mismos.

J.- No se me había ocurrido que en el mundo hubiera gente tan estúpida como parecen ser estos obreros... según lo que usted me ha dicho, porque ¿cuánto carbón produce un minero en una jornada de trabajo?

A.- Aproximadamente tres toneladas, señor.

J.- ¿Y a qué precio vende usted este carbón?

A.- A 10 centavos la tonelada, señor.

J.- Pues bien. Sea tan amable de decirnos cuánto recibe el minero por la jornada en la que produce 3 toneladas, las cuales vende usted en 30 centavos.

A.- El minero recibe, aproximadamente 5 centavos.

J.- ¿Habla usted en serio?

A.- Sí señor.

J.- ¿Y qué ocurre con el resto del dinero?

A.- Una parte es para los que trabajan en la superficie y para la amortización anual de la maquinaria. El duque recibe una buena proporción en concepto de renta y derechos. Lo que queda es mi beneficio.

J.- ¿Qué es la renta y los derechos?

A.- La cantidad que cobra el duque por dejarnos utilizar la tierra

J.- ¿Qué? Bueno no importa. Ya le interrogaré.

J.- Así que como usted ha llegado a poseer un millón de dólares y este viejo minero vive en la miseria. Usted vende su carbón, al tiempo que retiene la mayor parte de su dinero.

Su padre robó de la misma forma al padre del minero, hasta dejarle sin un penique y así usted ha podido robar a este hombre también. Si permitiéramos que esto sigue así, su hijo sería más rico que usted y el hijo del minero sería aún más pobre. En consecuencia, el poder de su familia para esclavizar a la familia minera aumentaría con cada generación. Afortunadamente, este juicio puede cortar su escandalosa conspiración.

 J.- Siéntese hasta que interroguemos a los demás.

 


 INTERROGATORIO AL DUQUE DE HAMILTON:

JUEZ: (J)

ACUSADO: (A) EL DUQUE DE HAMILTON

Hombre de mediana edad, regordete con aspecto de estar bien cuidado y alimentado.

J- ¿Cómo se llama?

A.- Soy el Duque de Hamilton

J- Oiga, no le pregunte su ocupación, sino su nombre.

A.- Es mi título, señor

J.- Tal vez el título se quede en un número al acabar este juicio, así que no abuse del Tribunal ¿Cómo se lama?

A.- No uso ningún nombre, señor juez

J.- ¿Trabaja, usted?

A.— No, señor.

J.- ¿Qué? ¿Otro vago?

A.- No señor, soy rico.

J.- Si la riqueza es producto del trabajo y usted no trabaja, ¿Cómo es que usted es rico?

A.- Heredé mi riqueza, señor.

J.. ¿Fue su padre quién la ganó con su trabajo?

A.- No señor, él también era rico.

J.- Entonces su abuelo o bisabuelo ¿ha trabajado alguien en su familia alguna vez?

A.- No señor.

J.- ¿Y cómo se enriquecieron?

A.- Igual que yo, señor.

J.- ¿Cómo?

A.- Permitiendo que la gente utilizara nuestras tierras.

J.- ¿Cómo se hizo usted de tierra? ¿Usted la creó?

A.- No señor la creó Dios.

J.- La creó para sus antepasados

A.- No se lo puedo decir, señor.

J.- Pero usted sabrá si Dios la creó para sus antepasados o ya existía antes de que sus antepasados existieran.

A.- Existe desde siempre, señor. Mi familia la consiguió en la época de Roberto Bruce.

J.- ¿Qué derecho tenían para apoderarse de la tierra?

A.- Se la dio Roberto Bruce.

J.- Pero ni Bruce la creó, ni tenía ningún derecho a regalarla; por lo tanto, usted no tiene ningún derecho ni moral, ni legal. ¿Trabaja usted la tierra?

A.- No señor, no me hace falta. Hay miles de personas para trabajarla.

J.- ¿Por qué no trabajan ellos en sus propias tierras?

A.- Porque no tienen.

J.- ¿Qué? ¿Es que usted pretende ser el dueño absoluto de las tierras de la zona?

A.- Si señor.

J.- O sea que esos hombres, ¿o bien trabajan para usted, o se mueren de hambre?

A.- Eso es, señor

J.- Espero que no haga usted como el

propietario de la maquinaria, ¿o también les da usted permiso de trabajar a condición que le den una parte de lo que producen?

A.- Eso es, señor.

J.- (Hablando consigo mismo) Ahora veo la necesidad del fuego eterno. ¿Qué parte del carbón que produce el minero le corresponde a usted?

A.- Normalmente, la cantidad que me dan por concepto de derechos, es la mitad de lo que le dan al minero por su trabajo.

J.- ¿Así que cuando el minero produce 3 toneladas, le entrega a usted una?

A.- Sí señor.

J.- Entonces si hay 20,000 mineros en su tierra ¿todos le dan una tercera parte de lo que excavan?

A.- Sí señor.

Por lo tanto, de los 20,000 que trabajan en su tierra, hacen falta 10,000 para ganar tanto como le entregan a usted.

A.- Sí señor.

J.-Y esos l0,000 deben arriesgar su vida en las minas, mientras usted se divierte como le da la gana.

A.- Sí señor.

J.- Qué clase de hombres son esos?

A.- Hombres inteligentes, realistas señor.

J.- ¿Por qué no se hacen de la tierra ellos mismos?, ¿por qué no la nacionalizan? Entonces usted no podría seguir robando la tercera parte de su producción.

A.- Eso no puede ser señor, eso sería el socialismo. Ellos prefieren seguir pagándome los derechos.

J.- Pero aprovecharse de su sencillez, es un crimen horrendo. ¿No le da vergüenza hacerlo?

A.- De ninguna manera señor. Es legal.

J.- Quién hizo las leyes?

A.- La clase a la que pertenezco señor, y no se equivocaron?

J.- No sé si se equivocaron, pero usted esta muy equivocado si piensa que este Tribunal va a juzgar sus actos con las leyes que ellos mismos hicieron.

Supera mi capacidad de comprensión el entender que una comunidad se permita la infección de hombres como usted.

 

J.- Por favor colóquese por allí mientras escuchamos un testimonio en contra de usted. 

 


 EL TESTIMONIO DEL VIEJO MINERO

DICK MC GONNAGLE:

JUEZ- (A)J

TESTIGO: (T) EL VIEJO MINERO DICK

J.- ¿Qué edad tiene usted?

T.- 52 años, señor Juez.

J.- ¡Cielos! Parece que tuviera usted 80 por lo menos.

T.- He tenido que trabajar mucho, señor.

J.- ¿Cuánto tiempo ha trabajado en las minas?

T.- 40 años, 5 días por semana, señor Juez.

J.- ¿Cuánto carbón produce cada día?

T.- 3 toneladas.

J.- ¡Huy! Usted debe ser un hombre muy rico. En40 años ha producido 30,000 toneladas.

T.- No manejo muy bien los números, señor.

J.- Me han dicho que se vende el carbón a 10 centavos la tonelada.

T.- No se señor.

J.- ¿Sabe usted que el valor en el mercado del carbón que ha producido usted es de 15, 000 dólares?

T.- No lo sabía, señor.

J.- ¿Cuánto gana usted?

T.- 25 centavos semanales.

J.- ¡Cielos! A Usted le han robado 12,500 dólares ¿Adónde ha ido a parar esa cantidad? (El abogado del minero explica que se demostraría que los reos, el Duque y el propietario, lo habían dividido entre ellos e incluso, que después habían robado al viejo Dick la proporción pequeña que él había recibido)

T.- Supongo que mi patrón se lo ha quedado, señor.

J.- Sigue trabajando en las minas?

T.- Si, señor.

J.- ¿No encuentra difícil el camino hasta el pozo?

T.- Si señor Ahora tengo que salir de casa media hora más temprano que antes, ya que tengo que parar y respirar más cada 100 metros.

J.- ¿Cómo llega al tajo cuando ha bajado el pozo?

T.- Un joven me lleva en una carretilla.

J.- Y le deja tirado allí para que excave carbón?

T.- Si señor Juez.

J.- ¿Y cuándo lo tiene excavado, sus patrones se lo llevan, se lo roban?

T.- Pues viéndolo así, si señor Juez, así es.

J.- Sus compañeros le han robado alguna vez?

 

T.- Una sola vez, señor Juez. Un hombre me robo una carretilla, pero le echaron de la mina. Sin embargo, hay un hombre, el Duque que me ha robado una de cada 3 carretillas que yo he excavado durante los 40 años que tengo trabajando. Creo que es a el al que se le debería detener y castigar.

  

 LA SENTENCIA 

JUEZ: (J)

ORDENANZA (secretario del juez)

Luego tras oír los argumentos de un socialista y un clérigo, en contra y a favor, de los acusados, el Juez se levantó para emitir su sentencia y dijo:

J.- No tengo ninguna duda sobre la culpabilidad de los acusados, pues ellos mismos han admitido sus faltas. Sin embargo, pienso que no hay ningún castigo al que esta corte pudiera condenarles que sea suficiente para hacerles pagar los terribles crímenes que han cometido, en el infierno sabrán que hacer con ellos.

Ordenanza. - ¿Y dónde queda ese lugar señor Juez?

J.- Bueno, he olvidado el sitio exacto, pero no hay problema pregúntenle al cura